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Conducción de camiones pesados: ¿Cuáles son las capacitaciones obligatorias?

Al conducir vehículos pesados, la responsabilidad del conductor es aún mayor. En Portugal existe una formación obligatoria que tiene como objetivo garantizar la seguridad vial y la competencia de los conductores profesionales. En este artículo exploraremos cuáles son estas formaciones y la importancia de cada una de ellas.

1. Permiso de Conducir Categoría C y/o D:

Obtener un permiso de conducción de las categorías C (para vehículos pesados) y/o D (para vehículos pesados de pasajeros) es el primer paso para cualquiera que quiera conducir vehículos pesados legalmente en Europa.

Es importante conocer la categoría adecuada al tamaño del vehículo, así como las cargas a transportar, para evitar cometer delitos.

2. Entrenamiento CAM C

El CAM C (Certificado de Aptitud del Conductor) es uno de los cursos de formación obligatorios para conductores de mercancías pesadas o pasajeros, y debe renovarse cada cinco años, mediante formación continua.

Esta formación está dirigida a conductores mayores de 21 años, con permiso de conducción de categoría C o C+E, siendo formación obligatoria para quienes nunca han asistido al CAM o tienen el CAM caducado desde hace más de 5 años.

Esta formación es obligatoria, según el Decreto-Ley nº 126/2009, de 27 de mayo , para los conductores de vehículos pesados e incluye temas como normas de circulación, seguridad vial, primeros auxilios, entre otros.

3. Formación Continua:

Además de la formación inicial, los conductores de vehículos pesados también están sujetos a una formación continua cada cinco años, antes de que finalice la vigencia de la CAM, que tiene como objetivo actualizar y mejorar sus conocimientos a lo largo de su carrera.

4. Exenciones:

En relación con las condiciones específicas del vehículo:

Existen algunas condiciones específicas del vehículo que incluyen la exención de lo dispuesto en el Decreto-Ley n° 126/2009, de 27 de mayo , tales como:

a) cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 45 km/h;

b) Al servicio o bajo el control de las fuerzas armadas, fuerzas de seguridad, bomberos o protección civil;

c) Sometidos a pruebas en carretera con fines de mejora técnica, reparación o mantenimiento;

d) Nuevos o transformados que aún no hayan sido puestos en circulación;

e) Utilizados en situaciones de emergencia o para misiones de rescate;

f) Utilizados en clases de conducción de automóviles, con vistas a la obtención del permiso de conducción o del certificado de aptitud para la conducción (CAM), a que se refiere el apartado 2 del artículo 4;

g) Con capacidad de hasta 14 asientos, incluido el conductor, utilizados para el transporte no comercial de pasajeros con fines privados;

h) Con un peso bruto de hasta 7500 kg, utilizados para el transporte no comercial de mercancías, con fines privados;

i) Que transporten materiales o equipos para el ejercicio de la profesión de conductor, siempre que la conducción del vehículo no sea su actividad principal.

Relativos a la cualificación inicial o a la formación continua

1 – Están exentos del requisito de calificación inicial los siguientes conductores:

a) Titulares de permisos de conducción de las categorías D y D+E y subcategorías D1 y D1+E, expedidos hasta el 9 de septiembre de 2008;

b) Titulares de permisos de conducción de las categorías C y C+E y subcategorías C1 y C1+E, expedidos hasta el 9 de septiembre de 2009.

2 – Los conductores a que se refiere el párrafo a) del párrafo anterior deberán obtener la formación continua y la correspondiente CAM y carta de calificación de conductor, en los siguientes términos:

a) Hasta el 10 de septiembre de 2011, quienes en esa fecha no tengan más de 30 años;

b) Hasta el 10 de septiembre de 2012, los que en esa fecha tuvieran entre 31 y 40 años;

c) Hasta el 10 de septiembre de 2013, los que en esa fecha tuvieran entre 41 y 50 años;

d) Hasta el 10 de septiembre de 2015, quienes tengan en esta fecha más de 50 años.

3 – Los conductores a que se refiere el párrafo b) del apartado 1 deberán obtener formación continua y la correspondiente CAM y carta de calificación de conductor, en los siguientes términos:

a) Hasta el 10 de septiembre de 2012, quienes en esa fecha no tengan más de 30 años;

b) Hasta el 10 de septiembre de 2013, los que en esa fecha tuvieran entre 31 y 40 años;

c) Hasta el 10 de septiembre de 2014, los que en esa fecha tuvieran entre 41 y 50 años;

d) Hasta el 10 de septiembre de 2016, quienes tengan en esta fecha más de 50 años.

4 – El calendario previsto en los apartados 2 y 3 podrá ser objeto de mayor desarrollo por orden del miembro del Gobierno responsable del sector de los transportes.

Conclusión:

En definitiva, la conducción de vehículos pesados requiere de una serie de formaciones obligatorias, que deben impartirse en instituciones serias y debidamente cualificadas, que garanticen la seguridad en las carreteras y la competencia de los conductores. Desde la obtención del permiso de conducir hasta la formación continua, cada paso desempeña un papel crucial en la preparación de los conductores para afrontar los retos del transporte por carretera.

Recordando que es fundamental estar siempre al día de la legislación vigente en Europa, para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones legales relacionadas con la conducción de vehículos pesados.

FAQ: Conducción de camiones pesados: ¿Cuáles son las capacitaciones obligatorias?

1. ¿Cuáles son los requisitos básicos para conducir vehículos pesados en Europa?

Para conducir vehículos pesados en Europa es obligatorio disponer del permiso de conducción de categoría C (para vehículos de mercancías) y/o D (para vehículos de pasajeros), adecuado al tipo de vehículo y carga a transportar.

2. ¿Qué es la Formación CAM C y quién debe realizarla?

La formación CAM C (Certificado de aptitud para el conductor) es obligatoria para los conductores de vehículos pesados. Está dirigido a conductores mayores de 21 años, titulares de las categorías C o C+E, y deberá renovarse cada cinco años mediante formación continua. Esto cubre temas como las normas de tráfico, la seguridad vial y los primeros auxilios.

3. ¿Qué importancia tiene la formación continua de los camioneros?

Además de la formación inicial, los conductores de vehículos pesados deben realizar una formación continua cada cinco años, antes de que expire la CAM. Esta formación tiene como objetivo actualizar y mejorar los conocimientos de los conductores a lo largo de su carrera, contribuyendo a la seguridad vial.

4. ¿Cuáles son las exenciones relacionadas con la formación de conductores de camiones pesados?

Se prevén algunas exenciones, como por ejemplo para vehículos con características específicas, servicios militares o de emergencia y transporte privado no comercial. Además, los conductores que obtuvieron su permiso de conducción antes de determinadas fechas están exentos de la formación inicial, pero aún deben completar la formación continua en unos plazos determinados, de acuerdo con la legislación.

5. ¿Dónde puedo encontrar información actualizada sobre la formación obligatoria para conductores de camiones en Europa?

Es fundamental consultar a los organismos competentes y autoridades reguladoras del tráfico en Europa para obtener información actualizada sobre la formación obligatoria para los conductores de vehículos pesados. Estar informado sobre la legislación vigente garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones legales relacionadas con la conducción de vehículos pesados.

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